¡Cárcel pa´los legisladores borrachos!
Por: Nelson Hurtado Obando.
Con un amigo repito, que si de demócratas vamos a
hablar, el más grande demócrata en toda la historia de la humanidad, fue, ha
sido y seguirá siendo: PONCIO PILATOS. Simple. PILATOS convocó al pueblo a
asamblea y dejó en manos del pueblo, dictar la SENTENCIA. -PILATOS, solo
preguntó al pueblo: ¿A quién queréis? – y el PUEBLO decidió: ¡A JESÚS!- Era el
Estado de opinión, democrático, pluralista, participativo, incluyente.
Grandes medios de TV, prensa, radio, internet, etc., se
rasgaron las vestiduras porque el congreso de Colombia, “peluquió” el famoso
proyecto de ley, conocido como de “cárcel para los choferes borrachos”
Y es que esa trasquilada legislativa, aunque era
previsible, no lo era tanto desde lo probable, como sí desde lo posible. Por
fortuna, el Congreso echó tijera.
En los últimos cuatro años, han ocurrido en Colombia,
numerosos hechos o incidentes viales, (porque realmente no existen accidentes
de tránsito), en los cuales se provocan a los seres humanos, lesiones y
muertes, desgraciadas, costosísimas desde el bioderecho, la coexistencia, la
paz, la justicia y también desde la economía; hechos o incidentes viales, en
los que mínimamente uno de los actores, se encontraba bajo los efectos de la
ingesta de bebidas alcohólicas o de otras porquerías, conocidas en términos
generales como sustancias o drogas sicotrópicas, narcóticas, alucinógenas, etc.
De todos las lesiones o muertes ocurridas en estos
repudiables hechos o incidentes viales, solo unos cuantos han logrado
trascender a los medios: televisión, prensa, radio, internet y en lo que me
consta, en ellos uno MIRA, que han llegado allí, a través de una representante
a la cámara, que casi in situ del hecho, como que transmite en vivo y en
directo y arenga y amenaza y criminaliza y cuelga carteles de “peligroso para
la comunidad” y anuncia proyectos de ley y dicta sentencias, con privación
efectiva de la libertad, intramural y no excarcelable.
YO NO DEFIENDO CONDUCTORES BORRACHOS, lo he dicho en
todos los eventos académicos, en la televisión, la prensa y la radio, en
programas en que he interactuado, incluso con las autoridades de tránsito y lo
reitero ahora.
Pero como ser humano, como ciudadano y como abogado, me
es imposible manifestarme en favor de un proyecto de ley, que ha tenido varias
intentonas de colarse, en el ordenamiento jurídico penal colombiano, con más
daño que beneficio.
Que lo haya propuesto el mismo ROY, con algunas
variables y la misma finalidad, hasta uno lo entiende; qué no podrá proponer
Roy. Pero que el mismo proyecto de ley, sea el mismo tantas veces anunciado y
acolitado por los grandes medios de televisión, prensa y radio de este país, el
mismo que tantas veces se ha hundido en el congreso y el mismo propuesto por la
misma representante a la cámara y abogada, realmente deja la boca amarga.
Preocupa y esto es lo más grave, que los colombianos
decimos amar mucho la Patria, la democracia, la paz, la justicia, pero negamos
la validez y la vigencia del ordenamiento jurídico, desde la creencia de que el
DERECHO y la LEY, son y deben ser, la exacta medida de “mis DERECHOS” y que
esos “mis derechos”, están garantizados, protegidos y realizados, cuando
satisfacen plenamente, lo personal e individualmente querido y deseado, cuando esos
“mis derechos” tienen la talla y el peso exacto de “mis gustos”. Así, desde el
“derecho y la ley al gusto”, se yergue el no derecho, se legitima y legaliza el
no reconocimiento del “otro” y por vía legislativa, se deroga el conocimiento
adquirido por la humanidad, a través de su historia, específicamente respecto
de los llamados tipos penales, desde la sistémica dogmática jurídico penal, que
harta sangre, dolor y horror le ha costado a la humanidad.
Claro ejemplo y contundente, desde el “derecho y la ley
a gusto”, son las agresiones que debemos soportar los ciudadanos, por parte de:
bancos, eps, supermercados, desde la famosa respuesta de “es política de la
empresa”, en la cual cabe lo ocurrido en CARULLA, donde la fragilidad de la
condición humana, es reprimida por manu propia, agrediendo a una dama que
vomita dentro del almacén y a su acompañante que por ella justamente reclama.
Si uno MIRA bien las cosas, el proyecto de ley de
“cárcel para los borrachos”, era como la punta del ovillo, para que ante la incidentalidad
vial, que seguirá siendo siempre creciente y constante en la producción de
resultados de lesiones y muerte, mañana, desde la televisión y los grandes
medios, apareciera el legislador preguntando: -¿Qué queréis?, sin que la
respuesta, obvia, se hiciera esperar: -cadena perpetua, o muerte, o destierro-.
Ese era un proyecto de ley penal, que recogía, sed de
venganza, de vindicta, negaciones del derecho penal, pero aupada y con eco de
los grandes medios, por una legisladora, francamente irresponsable, en la que
es evidente su desconocimiento de lo que es el derecho penal, la función del
tipo penal y de la pena y sobre todo, el desconocimiento de que los tipos
penales, son como el compendio de lo que han sido las luchas, el dolor y
el horror de la humanidad, por la VIDA,
la LIBERTAD y la DIGNIDAD HUMANA.
Grave desconocimiento de la legisladora, de la
Constitución Nacional de Colombia, que hace de la DIGNIDAD HUMANA, el principio
fundante y que en materia penal, introduce los principios de mínima
intervención, en la afectación de derechos fundamentales, racionalidad y
razonabilidad, proporcionalidad, etc., y que el Código Penal y el de
Procedimiento Penal, hacen objetivos, bajo las reglas que enseñan que: la
libertad es la regla general y que la privación de la libertad, es la
excepción, que a la responsabilidad, no basta la causalidad fáctica.
Grave desconocimiento de la legisladora, cuando motu
proprio, subjetivamente, califica de “peligrosos para la comunidad”, a
personas, que como conductores bajo los efectos de la ingesta de licor o de otras
sustancias, se ven involucrados en incidentes viales, con resultados de
lesiones y muerte, para quienes, desde el mismo instante en que ocurren, tan
lamentables y desgraciados hechos, confinan a la cárcel, bajo privación
efectiva de la libertad, intramural y a la cual, no pocos jueces de control de
garantías, reducen indiscriminadamente a no pocos ciudadanos, bajo la premisa
de haber sido “capturados en flagrancia”, cosa muy discutible en los delitos
imprudentes, ocurridos en el tráfico terrestre automotor y por lo general, con
fundamento en una “prueba”, que no prueba nada, respecto de la responsabilidad
penal, como es el plano in situ del hecho o incidente vial, y fundamentalmente,
con base en la halitosis alcohólica, a la cual es suficiente un agente de
policía, con buen olfato, para quedar: capturado en flagrancia y reducido a
prisión, intramural y no excarcelable.
Que los conductores borrachos son una plaga, claro; que
desbordan los límites social y legalmente tolerados para el ejercicio de la
actividad riesgosa, de conducir vehículos automotores, es claro; que se ponen
en situación, no solo de autopuesta en
peligro y de acciones a propio riesgo, sino además a otros actores del tráfico,
eso es claro; pero de allí a señalarlos como “criminales”, tipos “peligrosos”
para la sociedad, hay una enorme brecha. Jamás he visto a la parlamentaria de
marras en RCN TV, ofreciendo proyectos de ley y pidiendo cárcel, para los
verdaderos criminales que carga este país: corrupción, delincuentes de cuello
blanco, tráfico de influencias, puertas giratorias, “paseos de la muerte” por
clínicas y hospitales, celebración indebida de contratos, “carruseles de
contratación”.
No es lo mismo producir una lesión o muerte, en y con
ocasión de ser actor en el tráfico, que causarlas con dolo de lesionar o con
dolo de matar.
Piénsese nada más en un incidente vial, que involucre a
un conductor con alcoholemia, pero que transita con prelación de paso, por la
luz verde del semáforo y otro conductor, que sin alcoholemia, cruza, sin acatar
la luz roja del semáforo, que hay en su vía y antes del cruce y colisiona con
el otro auto y fallece.
Lo que no vislumbra el pueblo colombiano, en los
“momentos de efervescencia y calor”, es que el legislador no puede pretender
crear tipos penales, desconectados de la historia de la humanidad,
especialmente de la del derecho penal, de su sistematicidad garantizadora y
sólo atizados por el fuego de las pasiones y las emociones y los intereses
electorales, pues que “la libertad de configuración del legislador”, no abre el
paso a su subjetividad, a su arbitrariedad y a su capricho.
Las lesiones y muerte producidas en hechos o incidentes
viales, han sido tipificadas por el legislador colombiano, como DELITOS
CULPOSOS, con una pena que está agravada, cuando hay consumo de alcohol, por lo
que no hay lugar, ni mucho menos a hablar de delitos con dolo eventual y mucho
menos que pueda el fiscal o el juez, imputar y condenar por dolo eventual,
salvo que se arroguen función legislativa.
Pienso, que, en el congreso debería cursar un proyecto
de ley, de “cárcel pa´los legisladores borrachos”, pues a la postre con
proyectos de ley, como el “peluquiao”, resulta más mala la cura que la
enfermedad, pues la ignorancia, el desconocimiento del legislador, le producen
“borracheras” mucho más peligrosas para la vida, la libertad, la dignidad
humana y la comunidad, que las producidas por la ingesta de bebidas
embriagantes.
Es hora de empezar por donde es: el consumo de alcohol,
es un problema de salud pública y la lucha contra las lesiones y muerte en las
vías, por conductores borrachos, no se va a ganar, mientras sea el Estado el
que estimule oficialmente el consumo de alcohol y su mezcla con la gasolina,
como se aprecia en esta imagen de la FLA, en la pasada, feria de las flores en
Medellín y menos cuando el reconocimiento y premio de la comunidad, para sus HÉROES, sea una cerveza.
Tuiter: @abogadohurtado
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